La disposición está contenida en
el decreto número 380-20 con el
cual agregó un numeral, el número 11, a l decreto 266-20, que establece el
toque de queda en todo el territorio nacional del 20 de julio pasado.
“Empleados
o contratistas de restaurantes que brinden servicios a domicilios de alimentos
cocidos, los cuales podrán circular hasta las 11:00 p.m., exclusivamente
durante el ejercicio de sus funciones laborales”, se
establece en el nuevo numeral 11, del 266-20, incluido mediante el decreto
380-20.
Este decreto viene precisamente luego que un hombre se encadenara en San Francisco de Macorís, pidiendo que le dejen trabajar durante el horario del toque de queda, mediante la modalidad de delivery.